{"id":171220,"date":"2018-02-23T11:11:39","date_gmt":"2018-02-23T11:11:39","guid":{"rendered":"http:\/\/diariodominicano.ddns.net\/?p=171220"},"modified":"2018-02-23T11:11:39","modified_gmt":"2018-02-23T11:11:39","slug":"lo-que-paso-hace-40-anos-en-la-carcel-de-coronda-es-totalmente-inaceptable","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=171220","title":{"rendered":"\u00abLo que pas\u00f3 hace 40 a\u00f1os en la c\u00e1rcel de Coronda es totalmente inaceptable\u00bb"},"content":{"rendered":"<p><body><\/p>\n<p><img decoding=\"async\" src=\"img3\/grin2.jpg\" \/><br \/><img decoding=\"async\" src=\"img3\/grin3.jpg\" \/><br \/><img decoding=\"async\" src=\"img3\/grin4.jpg\" \/>  <\/p>\n<p>Por Sergio Ferrari, de Naciones Unida, Ginebra, Suiza<\/p>\n<\/p>\n<p>El juicio en marcha contra los antiguos comandantes de Gendarmer\u00eda Adolfo Kushidonchi y Juan \u00c1ngel Dom\u00ednguez, ex directores de la C\u00e1rcel de m\u00e1xima seguridad de Coronda (Santa Fe) podr\u00eda convertirse en un proceso emblem\u00e1tico a nivel internacional dado su car\u00e1cter \u00abexcepcional\u00bb.<\/p>\n<p>No es com\u00fan, no solo en Latinoam\u00e9rica sino a nivel mundial, un proceso judicial que apunte a las condiciones de detenci\u00f3n de los presos. En el caso particular de Coronda, se trata del r\u00e9gimen que debieron soportar m\u00e1s de 1.100 prisioneros pol\u00edticos que pasaron por esa c\u00e1rcel durante la \u00faltima dictadura militar (1976-1983).<\/p>\n<\/p>\n<p>Personalidad en el mundo de los Derechos Humanos, ampliamente reconocido a nivel internacional, Jean-Pierre Restellini analiza ciertas normas jur\u00eddicas de detenci\u00f3n aceptadas y vigentes en el plano mundial. M\u00e9dico y jurista suizo, Restellini, se desempe\u00f1a desde hace m\u00e1s de 30 a\u00f1os como experto y consultor en el terreno carcelario y especialista en la inspecci\u00f3n de prisiones.  Actividad que realiza tanto para el Consejo de Europa como para el Centro de Control Democr\u00e1tico de las Fuerzas Armadas, con sede en Ginebra. Durante seis a\u00f1os -hasta 2015-  actu\u00f3 tambi\u00e9n como presidente de la Comisi\u00f3n Nacional Suiza de Prevenci\u00f3n de la Tortura (CNPT). Entrevista exclusiva.<\/p>\n<\/p>\n<p>Un juicio sin precedentes<\/p>\n<\/p>\n<p>P:  En diciembre del 2017 comenzaron los testimonios orales contra los ex comandantes de gendarmer\u00eda nacional que dirigieron la C\u00e1rcel de Coronda en la provincia argentina de Santa Fe. Todo esto, en el marco del juicio por delitos de lesa humanidad cometidos contra presos pol\u00edticos durante la \u00faltima dictadura. \u00bfConoce procesos de este tipo por hechos similares sucedidos 40 a\u00f1os antes?<\/p>\n<\/p>\n<p>Jean-Pierre Restellini (JPR) : No. En todo caso, involucrando directamente a autoridades de una prisi\u00f3n. S\u00ed se promovieron muchas instituciones y acciones, tanto en Am\u00e9rica Latina como en \u00c1frica, con el objetivo de clarificar hechos del pasado y luego, promover la reparaci\u00f3n financiera. En esos casos, el objetivo final era aportar a la reconciliaci\u00f3n nacional. Me refiero, por ejemplo, a las Comisiones de Verdad y Reconciliaci\u00f3n.<\/p>\n<\/p>\n<p>P: Aunque no se pueda enumerar brevemente todas las condiciones de detenci\u00f3n, el r\u00e9gimen cotidiano en Coronda ? en particular su pabell\u00f3n n\u00famero 5-  consist\u00eda en mantener encerrados a los presos pol\u00edticos 23 horas por d\u00eda, en una celda aproximadamente de 2.80 metros por 3.40. En algunas \u00e9pocas, hab\u00eda dos detenidos por celda, en otras, solo uno. Sin lectura, sin poder trabajar, sin autorizaci\u00f3n para realizar ejercicios f\u00edsicos en la celda. \u00bfCu\u00e1les son las normas internacionales de base relativas a las condiciones de detenci\u00f3n?<\/p>\n<\/p>\n<p>JPR: En lo que se refiere a la dimensi\u00f3n de las celdas, las normas del Consejo de Europa ? que actualmente sirven de referencia incluso si no son respetadas en muchos lugares- son las siguientes: una celda ocupada por una persona no debe ser inferior a 7m2 (sin incluir la superficie para las instalaciones sanitarias). Las celdas con varios detenidos deben tener un m\u00ednimo de 4 m2 a disposici\u00f3n por cada persona (sin incluir la superficie para los sanitarios).<\/p>\n<\/p>\n<p>Todos los detenidos, sea cual fuere su r\u00e9gimen de detenci\u00f3n (incluyendo por ejemplo a los que est\u00e1n en celdas de castigo) deben tener, al menos, una hora diaria de caminata\/actividad f\u00edsica.<\/p>\n<\/p>\n<p>Los establecimientos penitenciarios deber\u00edan asegurar programas que beneficien tanto a los detenidos con condenas como a los que est\u00e1n con prisi\u00f3n preventiva, que a veces implica periodos muy largos. El objetivo consiste en asegurar que todos los detenidos (incluyendo los que est\u00e1n con un proceso en tr\u00e1mite) puedan pasar una parte razonable del d\u00eda (es decir 8 horas o m\u00e1s) fuera de su celda, ocupados en actividades motivadoras y de diferente tipo: trabajo (especialmente que sirva como formaci\u00f3n); estudios; deporte; entretenimiento\/colectivas. Esas actividades adaptadas a cada categor\u00eda de detenci\u00f3n. Por ejemplo, los adultos en prisi\u00f3n preventiva o condenados; los que cumplen una cadena perpetua; los condenados sometidos a condiciones particulares de alta seguridad o de vigilancia reservada. Y tambi\u00e9n, actividades espec\u00edficas a las mujeres y los menores.<\/p>\n<\/p>\n<p>P: \u00bfPor qu\u00e9 tomar como referencia las recomendaciones del derecho europeo, si Argentina est\u00e1 fuera de ese marco geopol\u00edtico regional?<\/p>\n<\/p>\n<p>JPR: Hay que aclarar que si bien las exigencias europeas aparecen como elevadas y completamente ilusorias para ciertos pa\u00edses -en especial de \u00c1frica Central-, Argentina tiene una cultura y una historia, as\u00ed como un nivel de desarrollo que permiten poner la barra bastante alto en materia de derechos humanos.<\/p>\n<\/p>\n<p>Por otra parte, recuerdo de una conferencia sobre prisiones en la que particip\u00e9 en Lima, Per\u00fa, hace una decena de a\u00f1os. Para mi gran sorpresa, los participantes optaron netamente por las recomendaciones europeas, argumentando menos influencia norteamericana. Hay que decir que si bien las Reglas Mandela, del 2015, refrescaron la doctrina y la jurisprudencia onusiana, siguen siendo muy generales con exigencias relativamente modestas.<\/p>\n<\/p>\n<p>\u00abDenunciar las sanciones\u00bb<\/p>\n<\/p>\n<p>Q: En el caso de Coronda, la sanci\u00f3n permanente se convirti\u00f3 en sistema. La hora de caminata en el patio, pod\u00eda ser anulada durante d\u00edas ante cualquier pretexto. Un r\u00e9gimen que sancionaba todo, hasta lo m\u00e1s banal:  como silbar o cantar en la celda, acostarse en la cama fuera del horario nocturno; tener una tela de ara\u00f1a en el cielo raso de la celda (muy alta) sin tener a disposici\u00f3n los medios necesarios para la limpieza; la barba mal cortada, aunque se carecieran a veces de los medios para afeitarse&#8230; Esas sanciones implicaban no solo el corte por varios d\u00edas del recreo sino la p\u00e9rdida de las visitas, que en algunos casos fueron de 15 minutos cada 45 d\u00edas, o de 15 minutos cada mes o quincena, dependiendo de la \u00e9poca&#8230;<\/p>\n<\/p>\n<p>JPR: Es totalmente claro que una comisi\u00f3n nacional o internacional de inspecci\u00f3n de prisiones habr\u00eda denunciado ese tipo de sanciones&#8230;<\/p>\n<\/p>\n<p>P: En numerosos casos debidamente documentados, despu\u00e9s del Golpe de Estado del 24 de marzo de 1976, los detenidos por motivos pol\u00edticos, sociales, o sindicales de Coronda fueron golpeados o vejados por los guardias.  Varios de los detenidos, incluso, fueron sacados de la C\u00e1rcel de Coronda, con el visto bueno de la direcci\u00f3n, para ser torturados en centros policiales o militares de las ciudades de Rosario y Santa Fe, y luego trasladados nuevamente al penal&#8230;<\/p>\n<\/p>\n<p>JPR: A este nivel y ante esos hechos descritos mi respuesta es clara y tajante. Toda sanci\u00f3n f\u00edsica es absolutamente inaceptable, a fortiori (con mayor motivo) si responde a criterios de tortura, que pareciera fue el caso que se produjo all\u00ed. El personal policial o penitenciario autor de tales actos debe ser sancionado con rigor, tanto en el plano administrativo como penal.<\/p>\n<\/p>\n<p>\u00abEnfermedad mental no atendida: violaci\u00f3n grav\u00edsima\u00bb<\/p>\n<\/p>\n<p>Q: La atenci\u00f3n m\u00e9dica y odontol\u00f3gica, seg\u00fan muy diversos testimonios de detenidos, fueron muy deficitarias. Una de las denuncias principales del Juicio de Coronda es la relativa a la muerte de dos prisioneros ? Ra\u00fal San Mart\u00edn y Luis Hormaeche- en tanto un tercero -Juan Carlos Voisard-  tambi\u00e9n falleci\u00f3, pero su deceso es sujeto de una causa diferente. Por otra parte, se consigna que varios de los detenidos luego liberados salieron de la prisi\u00f3n destruidos psicol\u00f3gicamente. \u00bfSe puede asociar esta situaci\u00f3n al concepto universal de violaci\u00f3n grave de los derechos humanos?<\/p>\n<\/p>\n<p>JPR: La Corte Europea de Derechos Humanos considera que, un nivel de atenci\u00f3n m\u00e9dica insuficiente, puede conducir r\u00e1pidamente a \u00abtratamientos inhumanos o degradantes\u00bb.<\/p>\n<\/p>\n<p>En la pr\u00e1ctica, las autoridades penitenciarias son responsables de la atenci\u00f3n de la salud de todos los detenidos. Imperativamente, todos los esfuerzos posibles deben ser implementados para garantizar que se asegure r\u00e1pidamente un diagn\u00f3stico preciso y que se brinde a todos los detenidos los tratamientos necesarios adecuados correspondientes al estado de salud de cada uno.<\/p>\n<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, la enfermedad mental que no es correctamente atendida en el medio penitenciario, puede ser considerada como un trato inhumano o degradante.<\/p>\n<\/p>\n<p>En cuanto a las consecuencias psicol\u00f3gicas de la tortura, son muy conocidas y devastadoras en cuanto a sus efectos. La atenci\u00f3n terap\u00e9utica es larga y compleja. Sobra decir que, dicha situaci\u00f3n, implica, sin duda, una \u00abviolaci\u00f3n muy grave de los derechos humanos\u00bb.<\/p>\n<\/p>\n<p>Q: Los familiares que visitaban a los detenidos -luego de casi un primer a\u00f1o de aislamiento total de los presos pol\u00edticos, entre el Golpe de Estado de marzo de 1976 e inicios del 1977-  eran, muchas veces, maltratados.  Se daban casos rutinarios de inspecciones corporales ? incluso vaginales, en el caso de madres y esposas -, aun si en esas visitas no hab\u00eda ning\u00fan contacto f\u00edsico ya que exist\u00eda un sistema de separaci\u00f3n de vidrios gruesos y la comunicaci\u00f3n era a trav\u00e9s de una especie de tubo fijo&#8230;<\/p>\n<\/p>\n<p>JPR: Incluso hoy la cuesti\u00f3n de las inspecciones corporales es sensible y delicada. Lamentablemente no es posible prohibirlas totalmente (incluso a nivel rectal o vaginal) para aquellas detenidas o detenidos bajo sospecha de pretender introducir materiales prohibidos como drogas o armas. Por el contrario, en cuanto a las visitas, es claro que una inspecci\u00f3n vaginal sistem\u00e1tica es inaceptable, mucho m\u00e1s si no existe contacto f\u00edsico con los detenidos.<\/p>\n<\/p>\n<p>P: \u00bfQuisiera compartir alg\u00fan comentario adicional a nivel de conclusi\u00f3n?<\/p>\n<\/p>\n<p>JPR: \u00a1Lo que se vivi\u00f3 hace 40 a\u00f1os en la C\u00e1rcel de Coronda, sin duda alguna, es totalmente inaceptable! Es, en parte, como producto de abusos de ese tipo, que con el tiempo se han venido desarrollado sistemas nacionales e internacionales de prevenci\u00f3n contra la tortura, los que, por medio de inspecciones, pueden limitar los malos tratos y las vejaciones. <\/p>\n<\/p>\n<p>-fin-<\/p>\n<h6> 2018-02-23 11:11:39 <\/h6>\n<p><!--\n<link rel=\"stylesheet\" href=\"css\/bootstrap.min.css\">\n\n\n<ul class=\"pagination\">\n\t    \n\t\n\n<li >\n\t<a href='?page_no=6547'>Previous<\/a>\n\t<\/li>\n\n\n       \n    \n\n<li><a href='?page_no=1'>1<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=2'>2<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a>...<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=6546'>6546<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=6547'>6547<\/a><\/li>\n\n\n\n<li class='active'><a>6548<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=6549'>6549<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=6550'>6550<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a>...<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=36999'>36999<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=37000'>37000<\/a><\/li>\n\n    \n\t\n\n<li >\n\t<a href='?page_no=6549'>Next<\/a>\n\t<\/li>\n\n\n    \n\n<li><a href='?page_no=37000'>Last &rsaquo;&rsaquo;<\/a><\/li>\n\n<\/ul>\n\n\n--><br \/>\n<\/body><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Sergio Ferrari, de Naciones Unida, Ginebra, Suiza El juicio en marcha contra los antiguos comandantes de Gendarmer\u00eda Adolfo Kushidonchi y Juan \u00c1ngel Dom\u00ednguez, ex directores de la C\u00e1rcel de m\u00e1xima seguridad de Coronda (Santa Fe) podr\u00eda convertirse en un proceso emblem\u00e1tico a nivel internacional dado su car\u00e1cter \u00abexcepcional\u00bb. 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