{"id":154161,"date":"2011-03-25T22:24:09","date_gmt":"2011-03-25T22:24:09","guid":{"rendered":"http:\/\/diariodominicano.ddns.net\/?p=154161"},"modified":"2011-03-25T22:24:09","modified_gmt":"2011-03-25T22:24:09","slug":"estudio-de-la-oit-analiza-discriminacion-laboral-contra-la-mujer","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=154161","title":{"rendered":"&#13;Estudio de la OIT analiza discriminaci\u00f3n laboral contra  la mujer"},"content":{"rendered":"<p><body><\/p>\n<p><img decoding=\"async\" src=\"http:\/\/localhost:8080\/justiciayderecho\/img3\/oti.JPG\" \/>  <\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Presentan campa\u00f1a \u00abUna cuesti\u00f3n de principios\u00bb<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Santo Domingo, 25 de marzo, 2011La Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo present\u00f3 en Santo Domingo, el estudio \u00abLegislaci\u00f3n y Jurisprudencia Comparadas sobre Derechos Laborales de las Mujeres\u00bb, en el marco de las  conmemoraciones del D\u00eda Internacional de la Mujer que se desarrollan durante el mes de marzo.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Seg\u00fan indica el estudio, pese a que el derecho a la igualdad y a la no discriminaci\u00f3n en el mundo laboral est\u00e1 contemplado en los c\u00f3digos de trabajo de todos los pa\u00edses de Am\u00e9rica Central y Rep\u00fablica Dominicana, en esta regi\u00f3n a\u00fan persisten serios obst\u00e1culos para alcanzar la plena igualdad entre hombres y mujeres en el trabajo.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Al ofrecer las palabras de apertura, el Ministro de Trabajo, doctor Max Puig, advirti\u00f3 que en Rep\u00fablica Dominicana persiste una alta incidencia de marginaci\u00f3n laboral femenina y abog\u00f3 porque se fortalezcan las sanciones a quienes incurran en esta violaci\u00f3n. <\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">\u00abHay aspectos en la legislaci\u00f3n dominicana que deben ser mejorados, un ejemplo  de esto es que el acoso sexual est\u00e1 condenado por la ley, y no hay una sanci\u00f3n penal. Entonces, una mujer es acosada o un hombre es acosado sexualmente, pero despu\u00e9s cuando se va al tribunal no hay ninguna ley que permita establecer una sanci\u00f3n, y todos estos son los aspectos que debemos mejorar\u00bb. <\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Explic\u00f3 que hay un principio que dice que \u00aba igual trabajo, igual remuneraci\u00f3n\u00bb. Sin embargo, en el caso de las mujeres no sucede as\u00ed. \u00abDel mismo modo, a las mujeres se les discrimina tambi\u00e9n, cuando ilegalmente, muchas de las empresas les hacen practicar pruebas de embarazo. \u00abEso constituye una violaci\u00f3n al derecho a la maternidad de las trabajadoras\u00bb, dijo.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Mar\u00eda Jos\u00e9 Chamorro, analista de g\u00e9nero de la Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo, afirm\u00f3 que en toda la regi\u00f3n hay un porcentaje de mujeres en puestos directivos muy inferior al de hombres y muy inferior al de las competencias o el nivel educativo que ahora mismo tienen las mujeres. \u00abQue quiero decir con esto\u00bb Que la falta de formaci\u00f3n no es ya una raz\u00f3n para que las mujeres no ocupen esos puestos, hay otras razones que est\u00e1n detr\u00e1s y que tienen que ver con temas culturales y con discriminaci\u00f3n por raz\u00f3n de sexo?.  <\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">El estudio revela que todav\u00eda muchas mujeres de la regi\u00f3n enfrentan pr\u00e1cticas discriminatorias como son el recibir salarios m\u00e1s bajos que los hombres,  encontrar mayor dificultad para acceder a ascensos y ser las primeras despedidas en situaciones de recesi\u00f3n.  La persistencias de esa m\u00faltiples formas de discriminaci\u00f3n hacia las mujeres, es contraria a los Principios Fundamentales en el Trabajo, afirma la OIT, organizaci\u00f3n que hizo un llamado a redoblar los esfuerzos orientados a  promover la no discriminaci\u00f3n de las mujeres en el trabajo. <\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">En el mercado laboral de la regi\u00f3n a\u00fan hay casos de despidos discriminatorios a trabajadoras cubiertas por el fuero de maternidad, as\u00ed como  exigencias de pruebas de embarazo previas a la contrataci\u00f3n o durante la relaci\u00f3n de trabajo.  Lo anterior, no obstante que todas las legislaciones establecen un fuero de protecci\u00f3n a la trabajadora embarazada y en per\u00edodo de lactancia, se garantiza la licencia pre parto y post parto, as\u00ed como el derecho a la lactancia.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Seg\u00fan el an\u00e1lisis realizado, la mayor cantidad de resoluciones administrativas y judiciales referidas a los derechos laborales de las trabajadoras cubiertas por fuero especial, tienen que ver con la discriminaci\u00f3n por razones vinculadas a la maternidad. En las sentencias estudiadas se observ\u00f3 que la maternidad, adem\u00e1s,  se visualiza como un asunto de las mujeres y no como parte del proceso reproductivo que tambi\u00e9n involucra al hombre, a la sociedad, a los empleadores y al mismo Estado.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Asimismo, en relaci\u00f3n con las responsabilidades familiares, seg\u00fan el estudio, las leyes de Am\u00e9rica Central y Rep\u00fablica Dominicana son d\u00e9biles u omisas en cuanto al establecimiento de medidas que promuevan la conciliaci\u00f3n del trabajo con las responsabilidades familiares (creaci\u00f3n de centros de cuidado infantil y de otras personas dependientes, licencias de paternidad, ausencias por responsabilidades familiares, por ejemplo).<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Una de las pr\u00e1cticas que afectan la salud f\u00edsica y psicol\u00f3gica de trabajadores y trabajadoras es el acoso laboral, el cual tiene particularidades en el caso de las mujeres y se enmarca en situaciones de violencia de g\u00e9nero en el \u00e1mbito del trabajo y en pr\u00e1cticas espec\u00edficas como es la discriminaci\u00f3n por embarazo, entre otras. Una forma particular de acoso laboral que se observa en la regi\u00f3n es el  hostigamiento o acoso sexual el cual est\u00e1 prohibido pero solo de manera indirecta por la mayor\u00eda de las legislaciones. Sin embargo, se han encontrado escasas resoluciones relacionadas con el acoso sexual, pues son pocas las mujeres que se atreven a denunciar ya sea por miedo a perder su trabajo, a que no les crean, a ser revictimizadas o estigmatizadas.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Otra de las situaciones advertidas en  la investigaci\u00f3n, es el hecho de que  las legislaciones de la subregi\u00f3n a\u00fan contemplan una serie de medidas paternalistas hacia las mujeres que les proh\u00edben realizar trabajo nocturno o aquel considerado peligroso. ?La visi\u00f3n de finales del siglo XIX de contar con cap\u00edtulos dirigidos a la ?protecci\u00f3n de mujeres y menores? resulta actualmente obsoleta y proyecta una imagen de la mujer que no est\u00e1 acorde con el enfoque de derechos que debe prevalecer?, refiere estudio.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">En la regi\u00f3n no se ha encontrado jurisprudencia referida a la discriminaci\u00f3n antes de la contrataci\u00f3n, es decir, en el proceso de reclutamiento. Tampoco se ha encontrado jurisprudencia sobre discriminaci\u00f3n en el acceso a la formaci\u00f3n profesional. Sin embargo, la segregaci\u00f3n laboral por sexo sigue siendo un hecho muy presente en los mercados laborales de estos pa\u00edses.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">No obstante la existencia de las pr\u00e1cticas discriminatorias referidas, los mecanismos para lograr la exigibilidad del principio de no discriminaci\u00f3n en el trabajo no son tan eficientes, pues el acceso de las mujeres a la justicia (tanto administrativa como judicial) a\u00fan es muy reducido. En la regi\u00f3n se encuentran casos en los que  la legislaci\u00f3n no contempla mecanismos para sancionar la discriminaci\u00f3n. <\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">En el estudio se recomienda que se establezcan mecanismos para sancionar efectivamente la discriminaci\u00f3n,  revisar las legislaciones para asegurar que se pase del enfoque de ?protecci\u00f3n a la maternidad?,  hacia la ?protecci\u00f3n del proceso reproductivo?,  se garantice el reintegro de la trabajadora despedida en forma ilegal durante el fuero de maternidad,  y se cuente con legislaci\u00f3n espec\u00edfica que proh\u00edba y sancione el acoso laboral en general y el acoso sexual en particular,  entre otras acciones.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Desarrollar\u00e1n campa\u00f1a para promoci\u00f3n de la no discriminaci\u00f3n<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">La Oficina de la OIT para Am\u00e9rica Central, Hait\u00ed, Panam\u00e1 y Rep\u00fablica Dominicana aprovech\u00f3 el acto de presentaci\u00f3n del estudio para anunciar  el desarrollo de la campa\u00f1a ?Promover la igualdad entre mujeres y hombres en el trabajo: Una cuesti\u00f3n de principios?, la cual est\u00e1 orientada a promover el compromiso de los operadores de justicia y funcionarios del sistema de administraci\u00f3n del trabajo con los esfuerzos que se realizan para conseguir la igualdad en el mundo laboral.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">La apertura de la actividad estuvo a cargo del Dr. Max Puig, Ministro de Trabajo.  En la presentaci\u00f3n de la investigaci\u00f3n y la campa\u00f1a estuvieron presentes tambi\u00e9n: Paula Antezana Rimaza, investigadora, Yildalina Tatem Brache, abogada feminista; Joaqu\u00edn Luciano, abogado laborista, Presidente de la Compa\u00f1\u00eda Luciano y Asociados y Miriam L\u00f3pez, Facilitadora Nacional, del  Proyecto Verificaci\u00f3n de la  OIT.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">La eliminaci\u00f3n de toda discriminaci\u00f3n en el \u00e1mbito laboral ha sido uno de los pilares de la OIT. La no discriminaci\u00f3n en el trabajo es parte central de dos de los convenios fundamentales incorporados en la Declaraci\u00f3n relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo.  Asimismo, est\u00e1n intr\u00ednsecamente relacionados con la misi\u00f3n de la OIT de promover la justicia social, garantizando un trabajo decente para todos y todas, tal como se ha reafirmado recientemente en la Declaraci\u00f3n de la OIT de 2008 sobre la justicia social para una globalizaci\u00f3n equitativa. Los convenios m\u00e1s importantes sobre la igualdad (Convenios n\u00fams. 100, 111,  156 y 183) ofrecen un marco de referencia para las legislaciones y pol\u00edticas nacionales.<\/span><\/p>\n<h6> 2011-03-25 22:24:09 <\/h6>\n<p><!--\n<link rel=\"stylesheet\" href=\"css\/bootstrap.min.css\">\n\n\n<ul class=\"pagination\">\n\t    \n\t\n\n<li >\n\t<a href='?page_no=29328'>Previous<\/a>\n\t<\/li>\n\n\n       \n    \n\n<li><a href='?page_no=1'>1<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=2'>2<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a>...<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=29327'>29327<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=29328'>29328<\/a><\/li>\n\n\n\n<li class='active'><a>29329<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=29330'>29330<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=29331'>29331<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a>...<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=31963'>31963<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=31964'>31964<\/a><\/li>\n\n    \n\t\n\n<li >\n\t<a href='?page_no=29330'>Next<\/a>\n\t<\/li>\n\n\n    \n\n<li><a href='?page_no=31964'>Last &rsaquo;&rsaquo;<\/a><\/li>\n\n<\/ul>\n\n\n--><br \/>\n<\/body><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Presentan campa\u00f1a \u00abUna cuesti\u00f3n de principios\u00bb Santo Domingo, 25 de marzo, 2011La Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo present\u00f3 en Santo Domingo, el estudio \u00abLegislaci\u00f3n y Jurisprudencia Comparadas sobre Derechos Laborales de las Mujeres\u00bb, en el marco de las conmemoraciones del D\u00eda Internacional de la Mujer que se desarrollan durante el mes de marzo. 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