{"id":110397,"date":"2013-04-03T18:35:03","date_gmt":"2013-04-03T18:35:03","guid":{"rendered":"http:\/\/diariodominicano.ddns.net\/?p=110397"},"modified":"2013-04-03T18:35:03","modified_gmt":"2013-04-03T18:35:03","slug":"junta-monetaria-publica-reglamento-tarjeta-de-credito","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=110397","title":{"rendered":"Junta Monetaria publica reglamento tarjeta de cr\u00e9dito&#13;"},"content":{"rendered":"<p><body><\/p>\n<\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Santo Domingo, RD, 3 de abril.- La Junta Monetaria puso al conocimiento de los sectores econ\u00f3mico y financiero, as\u00ed como del  p\u00fablico en general, el Reglamento que regir\u00e1 en lo adelante las Operaciones de Tarjeta de Cr\u00e9dito emitidas por las entidades autorizadas en nuestro pa\u00eds, aprobado el pasado 7 de febrero por dicho organismo, el cual est\u00e1 siendo publicado inextenso en la prensa nacional y en la p\u00e1gina Web del Banco Central. <\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Con esta nueva reglamentaci\u00f3n, la Junta Monetaria aporta otro eslab\u00f3n clave para contribuir a una inclusi\u00f3n financiera m\u00e1s equilibrada y justa, por el alto nivel de transparencia que deber\u00e1n mostrar las  referidas entidades emisoras  ante sus tarjetahabientes y las ventajas que en t\u00e9rminos de reducci\u00f3n de costos se generar\u00e1n a favor de los mismos.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">De manera particular, se destacan en el Reglamento aprobado las disposiciones siguientes: <\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">1. El establecimiento de  la tasa promedio ponderado de los pr\u00e9stamos al consumo como tasa de referencia  a ser aplicada para el financiamiento de los consumos v\u00eda tarjetas de cr\u00e9dito, lo cual contribuir\u00e1  a inducir a una  baja significativa de las tasas de inter\u00e9s que hasta ahora cobra el sector financiero por dicho servicio;<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">2. La prohibici\u00f3n taxativa a las entidades emisoras de cobrar a los tarjetahabientes intereses sobre intereses; <\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">3. La reiteraci\u00f3n de efectuar el  c\u00e1lculo de dichos intereses  sobre el saldo insoluto, lo cual, aunado a los dos aspectos anteriores, va a contribuir a una  reducci\u00f3n sustancial de las cuotas a pagar por los tarjetahabientes; <\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">4. La incorporaci\u00f3n de un formato \u00fanico estandarizado para los Estados de Cuenta de los tarjetahabientes, lo que significa que los mismos podr\u00e1n visualizar por primera vez en su Estado la tasa efectiva que se aplica a su financiamiento y el desglose de las diferentes comisiones y cargos preestablecidos,  lo cual adem\u00e1s  les permitir\u00e1 hacer comparaciones en un escenario m\u00e1s competitivo;<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> 5. Las  modificaciones a ser introducidas a los contratos asociados al proceso, tendentes a ampliar los derechos de los usuarios, entre las que se destaca la obligaci\u00f3n de la entidad emisora de notificar al titular de la tarjeta  las modificaciones contractuales, as\u00ed como el derecho que le asiste a \u00e9ste de rechazarlas si lo comunica oportunamente, sin tener que asumir que las ha aceptado, en caso de no dar respuesta inmediata sobre las modificaciones.  En otras palabras, qued\u00f3 estipulado que las entidades emisoras de tarjetas de cr\u00e9dito no podr\u00e1n modificar cl\u00e1usulas contractuales sin la previa autorizaci\u00f3n del tarjetahabiente, manteni\u00e9ndose vigentes las disposiciones del Reglamento de Protecci\u00f3n al Usuario de Servicios Financieros, entre las que se destaca la no presentaci\u00f3n de letras peque\u00f1as en los contratos;<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">6. La obligatoriedad de que tanto las entidades emisoras de tarjetas de cr\u00e9dito, como el Banco Central y la Superintendencia de Bancos, publiquen con la periodicidad establecida en cada caso las tasas de inter\u00e9s aplicables a este servicio financiero, en aras de fomentar la transparencia y competitividad;<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">7. La adecuaci\u00f3n del Manual de Contabilidad de Entidades Financieras, a fin de que los desgloses de cuentas, comisiones y cargos previamente establecidos, puedan  ser adecuadamente fiscalizados, entre otras regulaciones que fortalecen los esquemas de reclamaciones, seguridad y protecci\u00f3n a los usuarios de dichos servicios. <\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Precisa indicar que para la emisi\u00f3n de este importante Reglamento de Tarjetas de Cr\u00e9dito, la Junta Monetaria ponder\u00f3 con cautela las experiencias de otros pa\u00edses en esta materia, al estudiar, evaluar y comparar las regulaciones adoptadas al respecto en Chile, M\u00e9xico, Per\u00fa, Bolivia, Colombia, Costa Rica y Venezuela, a los fines de que las reglamentaciones de la Rep\u00fablica Dominicana est\u00e9n en consonancia con los mejores est\u00e1ndares internacionales.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Asimismo, cabe indicar que este Reglamento de la Administraci\u00f3n Monetaria y Financiera es el resultado del consenso de los trabajos efectuados por la Comisi\u00f3n Interinstitucional creada para tales fines, integrada por funcionarios del Banco Central y la Superintendencia de Bancos, en procura de establecer los aspectos b\u00e1sicos para hacer m\u00e1s transparentes las informaciones derivadas del manejo de estas operaciones, en t\u00f3picos espec\u00edficos que constitu\u00edan reclamos reiterados por  los usuarios de dicho servicio financiero. <\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">La  referida  Reglamentaci\u00f3n recoge adem\u00e1s las observaciones pertinentes formuladas por las asociaciones que representan al sector financiero, a los comerciantes y a otros entes que presentaron sus sugerencias, en el marco del proceso de consulta p\u00fablica a que fue sometido dicho reglamento en septiembre pasado, conforme lo establece la Ley No. 183-02 Monetaria y Financiera vigente, y al amparo del cual todos los sectores de la sociedad civil, el empresariado, usuarios de este servicio, y personas f\u00edsicas en general, tuvieron la oportunidad de enviar sus observaciones por el plazo de 30 d\u00edas que dispone dicha Ley.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Sin lugar a dudas, estas nuevas disposiciones en materia de tarjeta de cr\u00e9dito fortalecen la regulaci\u00f3n bancaria y propenden a contribuir a la estabilidad financiera del pa\u00eds, con una visi\u00f3n m\u00e1s incluyente. De ah\u00ed que, la adecuada aplicaci\u00f3n y supervisi\u00f3n al cumplimiento de las mismas  por parte de la Superintendencia de Bancos, habr\u00e1n de contribuir a generar un mayor respiro a los usuarios de dicho servicio, al satisfacerse con este Reglamento sus reiterados reclamos, los cuales se hicieron eco en la sociedad dominicana, contribuyendo as\u00ed a un mayor dinamismo de los pr\u00e9stamos al consumo v\u00eda tarjetas de cr\u00e9dito, sobre la base de pr\u00e1cticas m\u00e1s sanas que habr\u00e1n de redundar en una mejor\u00eda de los niveles de mora de la cartera de pr\u00e9stamos del sector financiero por este concepto, todo ello a tono con la pol\u00edtica econ\u00f3mica del actual gobierno.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Para consultar el Reglamento completo, puede acceder a la p\u00e1gina Web del Banco Central: www.bancentral.gov.do<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<\/p>\n<\/p>\n<\/p>\n<h6> 2013-04-03 18:35:03 <\/h6>\n<p><!--\n<link rel=\"stylesheet\" href=\"css\/bootstrap.min.css\">\n\n\n<ul class=\"pagination\">\n\t    \n\t\n\n<li >\n\t<a href='?page_no=16276'>Previous<\/a>\n\t<\/li>\n\n\n       \n    \n\n<li><a href='?page_no=1'>1<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=2'>2<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a>...<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=16275'>16275<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=16276'>16276<\/a><\/li>\n\n\n\n<li class='active'><a>16277<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=16278'>16278<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=16279'>16279<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a>...<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=30472'>30472<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=30473'>30473<\/a><\/li>\n\n    \n\t\n\n<li >\n\t<a href='?page_no=16278'>Next<\/a>\n\t<\/li>\n\n\n    \n\n<li><a href='?page_no=30473'>Last &rsaquo;&rsaquo;<\/a><\/li>\n\n<\/ul>\n\n\n--><br \/>\n<\/body><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Santo Domingo, RD, 3 de abril.- La Junta Monetaria puso al conocimiento de los sectores econ\u00f3mico y financiero, as\u00ed como del p\u00fablico en general, el Reglamento que regir\u00e1 en lo adelante las Operaciones de Tarjeta de Cr\u00e9dito emitidas por las entidades autorizadas en nuestro pa\u00eds, aprobado el pasado 7 de febrero por dicho organismo, el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[18],"tags":[],"class_list":["post-110397","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-economia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/110397","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=110397"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/110397\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=110397"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=110397"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=110397"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}