{"id":108345,"date":"2015-07-28T17:54:28","date_gmt":"2015-07-28T17:54:28","guid":{"rendered":"http:\/\/diariodominicano.ddns.net\/?p=108345"},"modified":"2015-07-28T17:54:28","modified_gmt":"2015-07-28T17:54:28","slug":"motivan-a-consumidores-y-empresas-a-utilizar-libro-de-reclamaciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodominicano.com\/?p=108345","title":{"rendered":"Motivan a consumidores y empresas a utilizar \u00abLibro de Reclamaciones\u00bb"},"content":{"rendered":"<p><body><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Santo Domingo, RD, 28 de Julio.-El Instituto Nacional de Protecci\u00f3n de los Derechos del Consumidor, Pro Consumidor motiv\u00f3 a los consumidores y empresas de bienes y servicios, a utilizar el Libro de Reclamaciones, con el fin de fortalecer la soluci\u00f3n eficiente y directa de los problemas entre ambos actores del mercado.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Sostuvo que de esta forma se ayuda a la sociedad en general a tomar conciencia y a promover un consumo responsable.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Pro Consumidor exhort\u00f3 a los consumidores a usar esta herramienta, que permite resolver de manera m\u00e1s r\u00e1pida los conflictos que se presentan en las relaciones de consumo y a la vez fortalece la supervisi\u00f3n de su debido cumplimiento.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">De igual forma hace el llamado a las empresas a poner a disposici\u00f3n de los ciudadanos esta v\u00eda de reclamo y a los que a\u00fan no lo han adquirido, a acoger esta medida como un compromiso con la responsabilidad social.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">La entidad defensora de los consumidores dijo que este documento se emplea para realizar una reclamaci\u00f3n formal ante el proveedor, por una actividad irregular que haya cometido y supone un elemento de prueba ante Pro Consumidor en caso de que  la empresa no le haya resuelto al consumidor en el plazo indicado.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">\u00abEs una herramienta m\u00e1s en la defensa de sus derechos como consumidores ya que sir vede alerta para que las empresas vigilen y mejoren sus pr\u00e1cticas y generen confianza entre los usuarios de sus servicios.\u00bb<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Con esta herramienta las empresas se informan de c\u00f3mo los ven sus clientes y el ciudadano aprende a hacer ciudadan\u00eda responsable.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Podemos mostrar resultados tangibles de la disminuci\u00f3n de reclamaciones en la sede, ya que muchos consumidores al reclamar en primera instancia en el establecimiento quedan resueltos sus conflictos.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"><strong>El Libro<\/strong><\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Consta de tres formularios un original que pertenece a los consumidores, una copia de color azul a Pro Consumidor y una copia de color amarillo al establecimiento.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Al reclamar, los consumidores deben llenar este formulario registrando el nombre de la empresa contra quien interpondr\u00e1n el reclamo, fecha, sus nombres y apellidos, c\u00e9dula o pasaporte, sector, tel\u00e9fonos, correos, entre otros datos personales.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">                                     <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Adem\u00e1s registrar la informaci\u00f3n sobre el producto o servicio, marca, n\u00famero de factura, fecha de compra, descripci\u00f3n del hecho y pretensi\u00f3n del reclamo, finalizando con la firma del consumidor y usuario.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><strong><span class=\"text1noticias\">M\u00e1s de 500 organizaciones de la sociedad civil claman Presidente Medina ratificar Altagracia Paulino en Pro Consumidor<\/span><\/strong><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">M\u00e1s de 500 organizaciones de la sociedad civil, incluidas decenas de grupos de Amas de Casa, federaciones y asociaciones de consumidores de Rep\u00fablica Dominicana, lanzaron un manifiesto en apoyo a la gesti\u00f3n y continuidad de la licenciada Altagracia Paulino como Directora Ejecutiva PRO CONSUMIDOR.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">El Manifiesto se produce a poco menos de tres meses de vencimiento del plazo que, mediante Decreto del Poder Ejecutivo, design\u00f3 a la licenciada Paulino al frente del Instituto Nacional de Protecci\u00f3n de los Derechos del Consumidor, Pro Consumidor.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">\u00abExcelent\u00edsimo Se\u00f1or Presidente, la sociedad civil representada por las organizaciones firmantes del presente documento hemos observado el comportamiento que como servidora p\u00fablica que ha exhibido la Licda. Altagracia Paulino Ure\u00f1a, la cual ha ejerci\u00f3 las funciones de Directora Ejecutiva de Pro Consumidor con apego al cumplimento de la Constituci\u00f3n y las leyes, y con total entrega a la defensa y protecci\u00f3n de los ciudadanos, logrando beneficiar grandemente a las personas que se han visto en la necesidad de solicitar la intervenci\u00f3n de Pro Consumidor en ocasi\u00f3n de que sus derechos han sido vulnerados por los proveedores en el mercado dominicano\u00bb, manifestaron.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Cita en ese orden, la total entrega de Paulino Ure\u00f1a a la defensa y protecci\u00f3n de los ciudadanos, logrando beneficiar grandemente a las personas que se han visto en la necesidad de solicitar la intervenci\u00f3n de Pro Consumidor en ocasi\u00f3n de que sus derechos han sido vulnerados por los proveedores en el mercado dominicano.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">El documento contentivo de dicha propuesta, se realiza apegada a la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica, ya que en su art\u00edculo 128, numeral 2) letra b) sobre las Atribuciones del Presidente de la Rep\u00fablica, que en su condici\u00f3n de Jefe de Gobierno tiene la facultad de \u00abDesignar los y las titulares de los \u00f3rganos y organismos aut\u00f3nomos y descentralizados del Estado&#8230;\u00bb;<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Tambi\u00e9n, La Ley Org\u00e1nica de la Administraci\u00f3n P\u00fablica No. 247- 12, en su art\u00edculo 16 indica que \u00abLa Presidencia de la Rep\u00fablica es un \u00f3rgano de naturaleza unipersonal cuyo titular es el o la Presidente de la Rep\u00fablica, quien en su condici\u00f3n de Jefe de Estado y de Gobierno es la autoridad m\u00e1xima de la administraci\u00f3n P\u00fablica. Y en esa condici\u00f3n le corresponde ejercer la direcci\u00f3n superior del aparato administrativo en su conjunto, con el prop\u00f3sito de garantizar una gesti\u00f3n administrativa arm\u00f3nica y eficiente; atendiendo a los intereses colectivos y servicios nacionales de la actividad de conjunto de la administraci\u00f3n p\u00fablica central y descentralizada funcionalmente, con el fin de orientarla hacia el logro de los objetivos y metas de desarrollo humano sostenible, el respeto a la libertad de las personas, la erradicaci\u00f3n de las desigualdades y de la discriminaci\u00f3n y el mejoramiento de la calidad de vida de la ciudadan\u00eda; para lo cual Pro Consumidor es un instrumento \u00fatil, siempre que este dirigido por una persona con capacidad probada, vocaci\u00f3n y entrega, con la determinaci\u00f3n de ser defensora de los derechos de las personas.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">En ese sentido, la ley que crea el Sistema Dominicano para la Calidad, No. 166-12 que le asigna responsabilidades especificas a Pro Consumidor en materia de sanci\u00f3n y verificaci\u00f3n del mercado dominicano, establece el precedente de la designaci\u00f3n del secretario general lo hace por un periodo de 6 a\u00f1os renovable. Dado que Pro Consumidor forma parte del SIDOCAL, INDOCAL Y CODOCA, algunos juristas consideran que el mandato de la actual Directora Ejecutiva ha quedado renovado por un per\u00edodo igual de 6 a\u00f1os, a partir del Principio de que la Ley nueva sustituye la Ley vieja, principio que se aplica a las leyes antes mencionadas en relaci\u00f3n con la Ley 358-05<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Por v\u00eda de consecuencia, se procedi\u00f3 a:<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">SOLICITAR como al efecto SOLICITAMOS la continuidad de la Gesti\u00f3n de la Lcda. Altagracia Paulino al frente de PRO CONSUMIDOR por constituir un estandarte de incalculable valor para la defensa de los consumidores y usuarios en el pa\u00eds y que por v\u00eda de consecuencia el Poder Ejecutivo dentro de las potestades que le otorga la Constituci\u00f3n y las leyes la designe por el pr\u00f3ximo per\u00edodo correspondiente al 2015-2017.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">A Continuaci\u00f3n, colocamos \u00edntegro el Manifiesto de las organizaciones de la sociedad civil en apoyo a la continuidad de la licenciada Paulino al frente de Pro Consumidor:<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">MANIFIESTO DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL EN APOYO A LA GESTION Y CONTINUIDAD DE LA DIRECTORA EJECUTIVA DE PRO CONSUMIDOR<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica proclamada el 26 de enero de 2010, consagra las bases fundamentales de organizaci\u00f3n y funcionamiento de la Administraci\u00f3n P\u00fablica nacional y local; establece de igual forma en su Art\u00edculo 128, letra b) sobre las Atribuciones del Presidente de la Rep\u00fablica, que en su condici\u00f3n de Jefe de Gobierno tiene la facultad de \u00abDesignar los y las titulares de los \u00f3rganos y organismos aut\u00f3nomos y descentralizados del Estado&#8230;\u00bb;<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que dicha Carta Magna proclama al Estado dominicano como Social y Democr\u00e1tico de Derecho, de manera que este tiene como finalidad que el Estado fortalezca las instituciones gubernamentales, que como Pro Consumidor, puedan ejercer responsabilidad social gubernamental a favor de las personas, en este caso, en su relaci\u00f3n de consumo.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que la creaci\u00f3n del Estado dominicano como Social y Democr\u00e1tico de Derecho conlleva una transformaci\u00f3n de la relaci\u00f3n Estado-Sociedad que reorienta la finalidad esencial de la Administraci\u00f3n P\u00fablica a la satisfacci\u00f3n del inter\u00e9s general, as\u00ed como a la realizaci\u00f3n efectiva de los derechos de las personas, exigiendo, adem\u00e1s que sea una administraci\u00f3n m\u00e1s transparente, m\u00e1s participativa, m\u00e1s cercana, menos arbitraria pero siempre colocada al servicio de los ciudadanos ya que las instituciones tienen como funci\u00f3n principal el servicio a los ciudadanos, toda vez que es a estos \u00faltimos que se debe el Estado como tal.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Queriendo decir con lo precedentemente planteado que el Estado Social procura el derecho de los pueblos, el derecho que nos asiste a cada ciudadano que en conjunto conformamos la sociedad y posteriormente la naci\u00f3n. Al igual que Rousseau en su contrato social, necesitamos proteger la voluntad general.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: la Constituci\u00f3n ha incorporado tanto a la cogesti\u00f3n como a la gobernanza en asuntos de inter\u00e9s nacional que busquen \u00abla construcci\u00f3n y el fortalecimiento permanente de la paz social.\u00bb De modo que se ha incorporado de manera directa y efectiva al movimiento de los consumidores. Esto as\u00ed porque cuando se dice \u00aby otras organizaciones de la sociedad\u00bb, se debe entender que, entre otras, se est\u00e1 incorporando al sector que los neoliberales califican de abarcador de toda la sociedad, cuando refieren: \u00abConsumidores somos todos\u00bb y a la democracia social, cuando en los art\u00edculos 7 y 53, de la propia Constituci\u00f3n, se define al Estado Dominicano como Social y Democr\u00e1tico de Derecho y se otorga rango constitucional al Derecho de Consumo, respectivamente.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que los fines que procura la Administraci\u00f3n del Estado Social hacen necesario que la estructura, competencia y funcionamiento del sistema burocr\u00e1tico responda a las reglas que contempla nuestra Carta Sustantiva, es decir, eficiencia, transparencia, participaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n; y que la actual gesti\u00f3n de Pro Consumidor se ha ejecutado con total apego a los citados principios, logrando una alta valoraci\u00f3n por parte de la ciudadan\u00eda en general.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que la Ley Org\u00e1nica de la Administraci\u00f3n P\u00fablica No. 247- 12, de fecha 14 de agosto del 2010, la cual es de posterior aprobaci\u00f3n a la Ley No. 358-05, en art\u00edculo 3, sobre el \u00e1mbito de su aplicaci\u00f3n, establece que sus disposiciones ser\u00e1n aplicables a todos los entes y \u00f3rganos que conforman la Administraci\u00f3n P\u00fablica bajo dependencia del Poder Ejecutivo: Administraci\u00f3n P\u00fablica Central, desconcentrada y organismos aut\u00f3nomos y descentralizados.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que la ley precedentemente citada en su art\u00edculo 5, establece como Objetivo principal de la Administraci\u00f3n P\u00fablica \u00absatisfacer en condiciones de eficacia, objetividad, igualdad, transparencia, publicidad y coordinaci\u00f3n y eficiencia el inter\u00e9s general y las necesidades de sus usuarios y\/o beneficiarios, con sometimiento pleno al ordenamiento jur\u00eddico del Estado\u00bb, dentro de los que se incluyen los establecidos en la Constituci\u00f3n a favor de los ciudadanos en su condici\u00f3n de consumidores.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que esa misma ley, en su art\u00edculo 12, instaura que todos los entes y \u00f3rganos que ejerzan una funci\u00f3n administrativa estar\u00e1n regidos en el cumplimiento de su misi\u00f3n por el principio de unidad de la Administraci\u00f3n P\u00fablica. El o la Presidente de la Rep\u00fablica es la m\u00e1xima autoridad rectora de la administraci\u00f3n P\u00fablica en el marco del Poder Ejecutivo y, en tal condici\u00f3n, posee prerrogativas de regulaci\u00f3n, direcci\u00f3n control sobre la funci\u00f3n administrativa y sobre los entes y \u00f3rganos que la ejercen, para garantizar la unidad de la administraci\u00f3n P\u00fablica, dentro de los l\u00edmites establecidos por la Constituci\u00f3n y las leyes\u00bb.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que el principio de eficacia en que se sustenta la Administraci\u00f3n P\u00fablica establece que esta debe garantizar la efectividad de los servicios p\u00fablicos y otras actividades de inter\u00e9s general, en especial su cobertura universal, continua y de calidad, tal como hasta el momento se hace en Pro Consumidor.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que la Ley No. 247-12 en su art\u00edculo 13 dicta que \u00abLa Administraci\u00f3n P\u00fablica Central se conforma por un conjunto de \u00f3rganos cuyas competencias se extienden en todo el territorio nacional, bajo la direcci\u00f3n del o la Presidente de la Rep\u00fablica, y cuyos actos se imputan al Estado como persona jur\u00eddica.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que la Ley Org\u00e1nica de Administraci\u00f3n P\u00fablica, No. 247-12, en su art\u00edculo 16 indica que \u00abLa Presidencia de la Rep\u00fablica es un \u00f3rgano de naturaleza unipersonal cuyo titular es el o la Presidente de la Rep\u00fablica, quien en su condici\u00f3n de Jefe de Estado y de Gobierno es la autoridad m\u00e1xima de la administraci\u00f3n P\u00fablica. Y en esa condici\u00f3n le corresponde ejercer la direcci\u00f3n superior del aparato administrativo en su conjunto, con el prop\u00f3sito de garantizar una gesti\u00f3n administrativa arm\u00f3nica y eficiente; atendiendo a los intereses colectivos y servicios nacionales de la actividad de conjunto de la administraci\u00f3n p\u00fablica central y descentralizada funcionalmente, con el fin de orientarla hacia el logro de los objetivos y metas de desarrollo humano sostenible, el respeto a la libertad de las personas, la erradicaci\u00f3n de las desigualdades y de la discriminaci\u00f3n y el mejoramiento de la calidad de vida de la ciudadan\u00eda; para lo cual Pro Consumidor es un instrumento \u00fatil, siempre que este dirigido por una persona con capacidad probada, vocaci\u00f3n y entrega, con la determinaci\u00f3n de ser defensora de los derechos de las personas.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que seg\u00fan la Ley No. 247-12 establece en su art\u00edculo 50, que los organismos aut\u00f3nomos y descentralizados son entes administrativos provistos de personalidad jur\u00eddica de derecho p\u00fablico o privado, distinta de la del Estado y dotados de patrimonio propio, autonom\u00eda administrativa, financiera y t\u00e9cnica, con las competencias o atribuciones espec\u00edficas que determine la ley que los crea.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que la ley que crea el Sistema Dominicano para la Calidad, No. 166-12 que le asigna responsabilidades especificas a Pro Consumidor en materia de sanci\u00f3n y verificaci\u00f3n del mercado dominicano, establece el precedente de la designaci\u00f3n del secretario general lo hace por un periodo de 6 a\u00f1os renovable. En ese entendido, dado que Pro Consumidor forma parte del SIDOCAL, INDOCAL Y CODOCA, algunos juristas consideran que el mandato de la actual Directora Ejecutiva ha quedado renovado por un per\u00edodo igual de 6 a\u00f1os, a partir del Principio de que la Ley nueva sustituye la Ley vieja, principio que se aplica a las leyes antes mencionadas en relaci\u00f3n con la Ley 358-05.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que el Decreto 305-13 que designa a la Lic. Altagracia Paulino, Directora Ejecutiva de Pro Consumidor, de fecha 22 de octubre del a\u00f1o 2013, lo hace por un periodo de dos a\u00f1os, que se encuentra en fase de finalizaci\u00f3n, en el mes de octubre del a\u00f1o 2015.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que Pro Consumidor es una instituci\u00f3n gubernamental por medio de la cual el Estado dominicano dispone la ejecuci\u00f3n del contenido plasmado en el art\u00edculo 53 de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica, en lo que respeta a la protecci\u00f3n de los derechos del Consumidor como derecho fundamental; su funcionamiento y efectividad depende en gran medida del perfil y la profesionalidad con que se desempe\u00f1e la posici\u00f3n de Director Ejecutivo, como \u00f3rgano ejecutor de las pol\u00edticas p\u00fablicas que se dise\u00f1en en la materia.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que la gesti\u00f3n de la Lic. Altagracia Paulino ha dada un gran impulso a la protecci\u00f3n de los derechos de los consumidores, contribuyendo a la articulaci\u00f3n social y al proceso de reconocimiento y educaci\u00f3n a las personas en lo que respecta sus derechos en materia de consumo, lo que sumado a las medidas asumidas por esa entidad, para la defensa efectiva de los ciudadanos, en caso de que sus derechos hayan sido vulnerados y que la entidad que dirige ha tenido que intervenir, haci\u00e9ndolo con apego a los principios de eficiencia y eficacia, adem\u00e1s de realizar las labores de defensora de los consumidores en apego a las facultades legales que le son atribuidas por medio de la Ley de protecci\u00f3n al consumidor, como popularmente se le conoce.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que durante la gesti\u00f3n de la Licda. Altagracia Paulino m\u00e1s del 90% de los reclamos que ha manejado la instituci\u00f3n han sido conciliados, logrando que cientos de millones de pesos le hayan sido devueltos a los consumidores dominicanos por parte de los proveedores convirti\u00e9ndose este ente en una v\u00eda expedita, extrajudicial y gratuita de soluci\u00f3n alternativa de conflictos entre proveedores y consumidores.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que los que conformamos la sociedad civil, hemos realizado diversos reconocimientos a las labores que realiza la Lcda. Altagracia Paulino, con el inter\u00e9s de expresar nuestro agradecimiento y respeto a las funciones que desempe\u00f1a como defensora de los consumidores, mostrando esta \u00faltima una disposici\u00f3n apegada a los principios que rigen a la administraci\u00f3n p\u00fablica; acciones que de igual forma ese excelent\u00edsimo despacho ha realizado reconocimientos de la labor que ha estado realizando esta profesional del derecho y periodismo con el otorgamiento de la medalla al merito, lo que posteriormente fue elegido por la poblaci\u00f3n dominicana por medio del galard\u00f3n de mujer del a\u00f1o, acontecimientos que tienen un prestigio incalculable.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que por otro lado, a los fines de seguir ampliando la operatividad de Pro Consumidor, es necesario que en cada provincia est\u00e9 instalada una oficina de defensa y protecci\u00f3n de los derechos del consumidor, que adem\u00e1s, se estar\u00eda cumpliendo con los preceptos de la propia Ley No. 358-05. No obstante, es bien conocido por la ciudadan\u00eda que estamos aplicando medidas de austeridad a nivel nacional, con los fines de reducir el gasto p\u00fablico, de tomar medidas como buen paterfamilias, sin embargo, esta instituci\u00f3n no cuenta con los recursos necesarios para la aplicaci\u00f3n total de la normativa que la rige.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que al momento de que la vacatio legis de la norma No. 166-12, precedentemente citada, lleg\u00f3 a su t\u00e9rmino, implic\u00f3 para esta administraci\u00f3n, un incremento de sus deberes y responsabilidades, en virtud de que se transfirieron las funciones que le correspond\u00eda a la Direcci\u00f3n General de Normas y Sistema de la Calidad, a Pro Consumidor, de manera que ha resultado necesario un aumento presupuestario a los fines de dar fiel cumplimiento de dichas disposiciones, adem\u00e1s de reconocer que es una instituci\u00f3n peque\u00f1a pero con responsabilidades nacionales enormes y de fundamental trascendencia; por consiguiente, la disponibilidad presupuestaria que enfrenta desde el a\u00f1o 2011 es insuficiente, ya que se requiere de mayor personal y mayor cobertura de los servicios que ofrece esta instituci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que como es de su elevado conocimiento, se han ido agregando funciones que si bien es cierto que conforma un valor agregado, no es menos cierto que implica un capital humano que viene realizando sus labores de modo pr\u00e1cticamente voluntario y vocacional al servicio, toda vez que abarcar todo el territorio nacional y seguir realizando las labores de la forma m\u00e1s eficaz, eficiente, honesta y transparentemente posible, no obstante tener un presupuesto deficiente, se ha conseguido realizar labores de mercado y protecci\u00f3n invaluables, que han hecho que la ciudadan\u00eda contin\u00fae confiando en la gesti\u00f3n que realiza esta instituci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">CONSIDERANDO: Que adem\u00e1s, con la implementaci\u00f3n de la Ley No. 107-13, se hace imprescindible que se ampl\u00ede los recursos humanos que tiene la instituci\u00f3n, en vista de los cambios que se han ido realizando en el ordenamiento jur\u00eddico dominicano, que todos los d\u00edas otorga mayores responsabilidades a la administraciones apegadas a los principios que rigen las administraciones p\u00fablicas.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Vista: La Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica Dominicana del 26 de enero del 2010.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Vista: La Ley de Org\u00e1nica de la Administraci\u00f3n, Ley No. 247-12 de fecha 14 de agosto del 2012.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Vista: La Ley que crea el Sistema Dominicano para la Calidad, Ley No. 166-12.<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Visto: El Decreto 305-13 que designa a la Lic. Altagracia Paulino, Directora Ejecutiva de Pro Consumidor, de fecha 22 de octubre del a\u00f1o 2013.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">Las organizaciones abajo firmantes, que conforman parte del tejido social de la naci\u00f3n dominicana, tenemos el inter\u00e9s de solicitar, al excelent\u00edsimo Presidente Constitucional de la Rep\u00fablica, Lic. Danilo Medina S\u00e1nchez, en su condici\u00f3n de Jefe de Estado y de Gobierno, lo siguiente:<\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\"> <\/span><\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">PRIMERO: SOLICITAR como al efecto SOLICITAMOS la continuidad de la Gesti\u00f3n de la Lcda. Altagracia Paulino al frente de PRO CONSUMIDOR por constituir un estandarte de incalculable valor para la defensa de los consumidores y usuarios en el pa\u00eds y que por v\u00eda de consecuencia el Poder Ejecutivo dentro de las potestades que le otorga la Constituci\u00f3n y las leyes la designe por el pr\u00f3ximo per\u00edodo correspondiente al 2015-2017;<\/span><\/p>\n<\/p>\n<p><span class=\"text1noticias\">SEGUNDO: SOLICITAR como al efecto SOLICITAMOS la designaci\u00f3n de una partida presupuestaria m\u00e1s amplia, a los fines de que se pueda seguir realizando las labores institucionales con apego a la calidad y a los principios rectores de la administraci\u00f3n p\u00fablica, de forma que se pueda dar un cumplimiento con mayor cobertura a nivel nacional de la ley No. 358-05 y la buena administraci\u00f3n<\/span>.<\/p>\n<h6> 2015-07-28 17:54:28 <\/h6>\n<p><!--\n<link rel=\"stylesheet\" href=\"css\/bootstrap.min.css\">\n\n\n<ul class=\"pagination\">\n\t    \n\t\n\n<li >\n\t<a href='?page_no=9411'>Previous<\/a>\n\t<\/li>\n\n\n       \n    \n\n<li><a href='?page_no=1'>1<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=2'>2<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a>...<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=9410'>9410<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=9411'>9411<\/a><\/li>\n\n\n\n<li class='active'><a>9412<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=9413'>9413<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=9414'>9414<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a>...<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=30472'>30472<\/a><\/li>\n\n\n\n<li><a href='?page_no=30473'>30473<\/a><\/li>\n\n    \n\t\n\n<li >\n\t<a href='?page_no=9413'>Next<\/a>\n\t<\/li>\n\n\n    \n\n<li><a href='?page_no=30473'>Last &rsaquo;&rsaquo;<\/a><\/li>\n\n<\/ul>\n\n\n--><br \/>\n<\/body><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Santo Domingo, RD, 28 de Julio.-El Instituto Nacional de Protecci\u00f3n de los Derechos del Consumidor, Pro Consumidor motiv\u00f3 a los consumidores y empresas de bienes y servicios, a utilizar el Libro de Reclamaciones, con el fin de fortalecer la soluci\u00f3n eficiente y directa de los problemas entre ambos actores del mercado. Sostuvo que de esta [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[18],"tags":[],"class_list":["post-108345","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-economia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/108345","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=108345"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/108345\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=108345"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=108345"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodominicano.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=108345"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}