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Martínez Portorreal exhorta a los diputados y senadores a escoger el Defensor del Pueblo con equidad y criterio democrático

Santo Domingo, R.D, 11 de abril.- El doctor Ramón Martínez Portorreal dijo «que con la nueva Reforma Constitucional entraron en vigencia a la jurisdicción de la República Dominicana, todo un andamiaje constitucional nuevo, instituciones creadas por la Carta Magna, concepciones nuevas, elaboradas, por la propia constitución- y además agrega- el jurista, que se creó una realidad constitucional, diferente a la que había antes del 2010».

Martínez Portorreal sostiene «que no se han aplicado con la debida rapidez la creación del Defensor del Pueblo como se establece en los artículos 190, 191 y 192».

Martínez Portorreal se pregunta ¿Cuál sería las funciones del Defensor del Pueblo?

«El defensor del pueblo, está creado mediante una ley y está constitucionalizado, es un Auditor (un oyente) de las acciones del Estado, repito un expositor de las acciones de todos los funcionarios del Estado, -Aquí los funcionarios del Estado, – no tienen supervisión, aquí, la gente no sabe cómo se implementan las políticas del Estado, -¿Quién le hace esa pregunta a un funcionario o Ministro?, no hay nadie, entonces, la función principal del Defensor del Pueblo – es garantizar que los funcionarios actúen como manda la Constitución-,

Dijo que el primer objetivo, es escuchar las quejas de las personas, para proceder en consecuencia.

«Yo te presento un ejemplo, «-¿quién responde, cuando el propio Tribunal Constitucional, no se pronuncia, cuando hay vacío constitucional?.- Cuándo la Constitución ordena la implementación de leyes en un período determinado, y no se cumple ese período como ha sucedido, con el Tribunal Constitucional, que debió pronunciarse sobre esos asuntos que son exclusivamente de su incumbencia¨, expresó

Recordó que la figura del Defensor del Pueblo, es del 2001, (esta situación tiene doce años de atraso) y el Tribunal Constitucional recibió una solicitud de recurso, para que se pronunciara sobre la no escogencia del Defensor del Pueblo, el tribunal constitucional tenía cuatro meses para tomar esa decisión y ese período de cuatro meses se vence el 15 de Abril del 2013 y hasta la fecha no se conoce la decisión del tribunal.

Ramón Martínez, aspirante al puesto de Defensor del Pueblo, señala que es «sospechoso y sintomático que la Cámara de Diputados haya convocado a seleccionar ternas al borde del plazo que tiene el tribunal, para emitir su fallo».

«El futuro del proceso democrático del país, depende de esa elección, ya que esa figura democrática, va a dar la calidad de vida política a la sociedad dominicana, puntualizó el doctor Ramón Martínez Portorreal

2013-04-11 18:27:56