Opiniones, Portada

Guerra Rusia en Ucrania y los  Cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos adicionales

Por ROMMEL SANTOS DIAZ

El actual escenario  de crímenes  ocurridos en la guerra de Rusia en Ucrania obliga  a hacer una revisión objetiva de la aplicación de los Cuatro Convenios de Ginebra de 1949 en el presente siglo XXI, de manera  particular  en el caso  de Ucrania, país que al igual que Rusia ha ratificado estos  convenios.

Actualmente 196  Estados han ratificado  los Cuatro Convenios de Ginebra de 1949  entre ellos Rusia y Ucrania como señalamos anteriormente, los cuales deben ser aplicado en Ucrania  para proteger las personas que no participan en las hostilidades, civiles, personal sanitario, miembros de organizaciones humanitarias, y a los que ya no pueden seguir participando en los combates , en estos casos, heridos, enfermos, náufragos prisioneros de guerra.

Los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales son la piedra angular del derecho internacional humanitario, es decir el conjunto de normas jurídicas que regulan las formas en que se pueden librar los conflictos armados y que intentan limitar los efectos de estos.

Los Cuatro  Convenios de Ginebra  de 1949 y sus Protocolos adicionales  establecen  que se debe tomar medidas  para prevenir y poner fin a cualquier  de dichos instrumentos. Contienen normas estrictas en  relación con las llamadas ¨infracciones graves¨, se debe buscar, enjuiciar o extraditar  a los autores de infracciones graves, sea cual sea su nacionalidad.

El  I Convenio de Ginebra de 1949 protege, durante la guerra, a los heridos los enfermos de las fuerzas armadas en campaña. Este Convenio se considera la versión actualizada del Convenio de Ginebra sobre los combatientes heridos y enfermos, posterior a los textos en 1864, 1906 y 1929, consta de 64 artículos , que establecen que se debe prestar protección  a los heridos y los enfermos, pero también al personal médico y religioso, a las unidades medicas y al transporte medico.

Este Convenio  también reconoce los emblemas distintivos. Tiene dos anexos que contiene un proyecto de acuerdo sobre las zonas y las localidades sanitarias, y un modelo de tarjeta de identidad para el personal médico y religioso.

El II Convenio de Ginebra protege, durante la guerra, a los heridos, los enfermos y los naufragios de las fuerzas armadas en el mar.

Este Convenio reemplazo el Convenio de La Haya de 1907 para la adaptación a la guerra marítima  de los principios del Convenio de Ginebra de 1804. Retoma las disposiciones del I Convenio de Ginebra en cuanto a su estructura y su contenido. Consta de 63 artículos aplicables específicamente a la guerra marítima. Por ejemplo protege a los buques hospitales,. Tiene un anexo que contiene un modelo de tarjeta de identidad para el personal médico y religioso.

El  III Convenio de Ginebra se aplica a los prisioneros de guerra.

Este Convenio reemplazo el Convenio sobre prisioneros de guerra  de 1929. Consta de 143 artículos, mientras que el Convenio de 1929 constaba de apena 97. Se ampliaron las categorías de personas que tienen derecho a recibir el estatuto de prisionero de guerra, de conformidad con los Convenios I y II. Se definieron con mayor precisión las condiciones y los lugares para la captura; se precisaron sobre todo, las cuestiones relativas al trabajo de los prisioneros de guerra, sus recursos financieros, la asistencia que tiene derecho a recibir y los procesos judiciales en su contra. Este Convenio establece el principio de que los prisioneros de guerra deben ser liberados y repatriados sin demora tras el cese de las hostilidades activas.

El IV Convenio de Ginebra protege a las personas civiles, incluso en los territorios ocupados.

Los Convenios de Ginebra que se adoptaron antes de 1949 se referían solo a los combatientes, y no a las personas civiles. Los hechos acaecidos durante la Segunda Guerra Mundial pusieron en evidencia las consecuencias desastrosas que tuvo la ausencia de un convenio que protegiera a los civiles en tiempo de guerra. Este Convenio adoptado 1949 toma en consideración la experiencia de la Segunda Guerra Mundial. Consta de 159 artículos. Contiene una breve sección sobre la protección general de la población contra algunas consecuencias de la guerra, sin referirse a la a la conducción de las hostilidades, las que se tomaron en cuenta más tarde , en los Protocolos adicionales  de 1977.

La mayoría de las normas de este Convenio se refieren al estatuto y al trato que debe darse a las personas protegidas, y distinguen entre la  situación de los extranjeros en el territorio de una de las partes en conflicto y la de los civiles en territorios ocupados. Define las obligaciones de la potencia ocupante respecto de la población civil y contiene disposiciones precisas acerca de la ayuda humanitaria que tiene derecho a recibir la población civil de territorios ocupados. Además contiene un régimen específico sobre el trato de los internados civiles. Tiene tres anexos que contienen un modelo de acuerdo sobre las zonas sanitarias y las zonas de seguridad, un proyecto de reglamento sobre los socorros humanitarios y modelos de tarjetas.

Articulo 3 común.

El artículo 3, común a los  cuatro Convenios de Ginebra, marco un gran avance, ya que abarca los conflictos armados no internacionales, que nunca antes  habían sido incluidos en los tratados. Estos conflictos  pueden ser de diversos tipos. Puede tratarse de guerras civiles, conflictos armados internos que se extienden a otros Estados , o conflictos internos en los que terceros Estados o una fuerza internacional intervienen junto con el gobierno. El articulo 3 comun establece las normas fundamentales que no derogarse. Es una especie de mini convenio dentro de los Convenios, ya que contiene las normas esenciales de los Convenios de Ginebra en un formato condensado y la hace aplicables a los conflictos sin carácter internacional.

Finalmente, como se observa, en los Cuatro Convenios de Ginebra de agosto de 1949 están  las normas que sirven de guía para  tratar la situación actual en Ucrania  respecto a la población civil en general, la presencia del persona de la Cruz Roja Internacional, el personal médico que auxilia  a los enfermos, los heridos, los extranjeros  que se encuentran en territorio  ucraniano en medio de la guerra, los naufragios de las fuerzas armadas en el mar y los territorios ocupados.

Rommel Santos Diaz <rommelsantos