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Imponen un año de prisión preventiva a dos hombres por la muerte del taxista Alberto Grullón Uceta en Puerto Plata

Los fiscales Gabriel Brugal y Ramón Cabrera presentaron ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente los elementos de prueba materiales, documentales, periciales y testimoniales que sirvieron de sustento a la medida de coerción contra Elisaul Alexander Mercado e Isaac Gabriel Jiménez Gutiérrez, quienes deberán cumplirla en el Centro de Corrección y Rehabilitación San Felipe.

PUERTO PLATA, República Dominicana, 17 de noviembre de 2021.- Imponen un año de prisión preventiva en contra de dos hombres acusados de dar muerte al taxista Alberto Grullón Uceta, a quien agredieron y despojaron de su carro el pasado 2 de noviembre luego de solicitarle un servicio para que los trasladara hasta la playa de La Ensenada.

Los fiscales Gabriel Brugal y Ramón Cabrera presentaron ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente los elementos de prueba materiales, documentales, periciales y testimoniales que sirvieron de sustento a la medida de coerción contra Elisaul Alexander Mercado e Isaac Gabriel Jiménez Gutiérrez, quienes deberán cumplirla en el Centro de Corrección y Rehabilitación San Felipe.

En la instancia de solicitud, el Ministerio Público indica que los dos imputados contactaron al taxista con el pretexto de que los llevara a la playa La Ensenada, del distrito municipal Estero Hondo, y que al llegar próximo a unos matorrales lo hirieron a cuchilladas, lo ataron con cinta adhesiva y finalmente lo golpearon con una piedra en la cabeza.

Las investigaciones realizadas por la Policía Nacional y por el órgano de la persecución penal, encabezadas por el fiscal José Armando Tejada, permitieron determinar que Mercado Pérez y Jiménez Guitérrez se llevaron el carro de su víctima y se accidentaron en la carretera hacia La Isabela, a unos dos kilómetros del lugar del crimen. Luego de recibir atenciones en una clínica cercana, huyeron hacia Santiago.

El Ministerio Público ha calificado el hecho de manera provisional como violación a los artículos 265, 266, 295, 296, 297, 304, 379 y 382 del Código Penal, que tipifican y sancionan los delitos de asociación de malhechores, homicidio voluntario y otros.

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Miércoles, 17 de noviembre de 2021.

Diariodominicano.com

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