Justicia y Derecho, Portada

Tribunal declara INADMISIBLE recurso de oposición de Danny Daniel

Reitera con esto la Rebeldía y la orden de captura para el cantante español

Santo Domingo, R.D.- La cuarta sala de la cámara penal del juzgado de primera instancia declaró este viernes como Inadmisible el «Recurso de oposición fuera de Audiencia» presentado por Danny Daniel vía sus abogados la semana pasada, en respuesta a la sentencia No. 042-2021-Treb-00036.

Con esto se mantiene el fallo anterior que le declara en Rebeldía, con todos sus efectos legales, jurídicos y de derecho, reiterando la orden de búsqueda y captura para Danny Daniel.

Todo esto sucede tras un año de haber sido demandado por Zacarías Ferreira, por violación de los artículos 21 y 22 de la Ley núm. 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, después haber sido citado en numerosas ocasiones por la vía que ordena la ley, y después de comprobar que este recibía las citaciones haciendo caso omiso a las mismas.

El cantante deberá comparecer ante los tribunales dominicanos y estar presente durante el juicio para poder retirar este fallo de la corte.

El Fallo:

Según el fallo, a Danny Daniel se le prohíbe la salida del país sin autorización judicial competente, se autoriza la publicación de sus datos y generales en un diario de circulación nacional para facilitar su búsqueda y captura, autorizando el arresto del imputado y el embargo de los bienes del mismo por un monto de diez millones de pesos dominicanos (RD$10,000.000.00).

Abogados:

Zacarías Ferreira ha contado con la representación legal y asesoría constante del Doctor Pedro Feliz Montes de Oca y la Licenciada  Aracelis Aquino, quienes han llevado el caso desde el primer día, además del asesor técnico Alejandro Martínez.

Por su parte, el cantautor español Danny Daniel es representado por Joselito Bautista, quien también presta servicios como abogado a la Sociedad Dominicana de Artistas, Intérpretes y Ejecutantes.(SODAIE), entidad de Gestión Colectiva a la cual también pertenece Zacarías Ferreira.