El TSA anula resolución de la JCE y declara Fuerza del Pueblo como partido mayoritario

Santo Domingo, 1 julio, 2021 .- (ElPregonero) – El Tribunal Superior Administrativo (TSA), acogió un recurso de la Fuerza del Pueblo y reconoció a esta organización como “mayoritaria”, por haber obtenido más del 5% de los votos en el nivel presidencial durante las elecciones del 2020.

De acuerdo con publicaciones en las redes sociales de altos dirigentes de la organización política, presidida por Leonel Fernández, la corte anuló la resolución 02-2021 de la Junta Central Electoral (JCE), mediante la cual se estableció el orden de los partidos de conformidad con el número de votos obtenidos en los pasados comicios.

En la sentencia, el tribunal manda a la Junta Central a interpretar lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley de Partidos Políticos de forma congruente con el “principio de favorabilidad” previsto en el artículo 74.4 de la Constitución. (VER SENTENCIA copia_certificada-1-2114590-_signed  )

EL FALLO

PRIMERO: DECLARA bueno y válido, en cuanto a la forma, el recurso contencioso administrativo incoado en fecha 26 de febrero de 2021, por el partido político FUERZA DEL PUEBLO (FP), contra la resolución núm. 02-2021, de fecha 17 de febrero de 2021, dictada en virtud del “Reglamento” núm. 01-2021, de fecha 27 de enero de 2021, sobre la Distribución de la Contribución Económica del Estado a los Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, por la JUNTA CENTRAL ELECTORAL (JCE), por haber sido interpuesto de conformidad con la Ley.

SEGUNDO: ACOGE, en cuanto al fondo, el referido recurso contencioso administrativo; DECLARA nula la resolución núm. 02-2021 de fecha 17 de febrero de 2021, dictada en virtud del “Reglamento” núm. 01-2021 de fecha 27 de enero de 2021, en consecuencia, ordena a la JUNTA CENTRAL ELECTORAL interpretar lo dispuesto por el artículo 61 de la Ley núm. 33/18 de 15 de agosto, en forma congruente con el principio de favorabilidad previsto por el artículo 74.4 de la Constitución, conforme a los motivos expuestos en la sentencia.

TERCERO: ACOGE, en cuanto a la forma, las demandas en intervención voluntarias, incoadas por el PARTIDO REVOLUCIONARIO DOMINICANO (PRD), MOVIMIENTO DEMOCRÁTICO ALTERNATIVA (MODA), PARTIDO QUISQUEYANO DEMÓCRATA CRISTIANO (PQDC), UNIÓN DEMÓCRATA CRISTIANA (UDC), PARTIDO VERDE DOMINICANO (VERDE RD), PARTIDO REVOLUCIONARIO INDEPENDIENTE (PRI), PARTIDO NACIONAL DE VOLUNTAD CIUDADANA (PNVC), PARTIDO LIBERAL REFORMISTA (PLR), PARTIDO POPULAR CRISTIANO (PPC), PARTIDO DE ACCIÓN LIBERAL (PAL), PARTIDO DEMÓCRATA POPULAR (PDP), PARTIDO DE UNIDAD NACIONAL (PUN), BLOQUE INSTITUCIONAL SOCIAL DEMÓCRATA (BIS), PARTIDO HUMANISTA DOMINICANO (PHD), PARTIDO CÍVICO RENOVADOR (PCR) y la FUERZA NACIONAL PROGRESISTA (FNP), por haber sido interpuestas de conformidad con la ley, en cuanto al FONDO, ordena que la presente sentencia le sea común y oponible.

CUARTO: ACOGE, en cuanto a la forma, la demanda en intervención voluntaria incoada por el PARTIDO DE LA LIBERACIÓN DOMINICANA (PLD), por haber sido interpuesta de conformidad con la ley, en cuanto al FONDO, la rechaza por los motivos expuestos en la sentencia.

QUINTO: DECLARA el presente proceso libre de costas.

SEXTO: ORDENA la comunicación de la presente sentencia, vía Secretaría General del Tribunal, a las partes envueltas en el proceso y al Procurador General Administrativo.

SÉPTIMO: ORDENA que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo.

Lo que dijo Roberto Rosario, el primero en dar a conocer la información 

“El TSA en esta sentencia acoge el recurso de la Fuerza del Pueblo y establece que en una correcta interpretación del 74 de la constitución,  obtuvo en el nivel presidencial más del 5%, que es el umbral requerido por la ley.  El TSA anula resolución de la JCE. / FP, mayoritario”, publicó.