Opiniones, Portada

Reflexión Jurídica a la Diestra

Por Elias Wessin Chávez
El Proyecto de *Ley de Extinción de Dominio* no debe contener artículos que violen el Principio de la Irretroactivadad de las Leyes, consagrado en el 110 de la Constitución.  Ese es un derecho fundamental garantista, que no debe transgredirse en detrimento de la seguridad jurídica.

El afán de notoriedad de algunos legisladores por «arrabalizar» el sistema de derecho dominicano, arrasando con garantías individuales conquistadas de antaño, puede tornarse en un boomerang, si los gobernantes de turno hacen un uso abusivo de las mismas.

Y por supuesto, de aprobarse tal Proyecto en esas condiciones sería un ley inconstitucional, y nacería muerta