Justicia y Derecho

Bengoa dice no se contempla aumentar impuestos a los combustibles

SANTO DOMINGO.- El ministro de Hacienda, Vicente Bengoa, dijo hoy que la modificación de la Ley 112-00 de Hidrocarburos no contempla incrementar los impuestos que tienen actualmente los combustibles, sino unificar el cobro de los impuestos en una sola oficina recaudadora.

«La modificación de la ley no contempla el incremento de los impuestos. Esta es la confusión que se ha creado. Lo que sucede es que desde el primer trimestre del 2007 el impuesto que pagan los derivados del petróleo no se indexa», dice.

Bengoa hace la aclaración en una nota que envía a diariolibre.com que reproducimos integra a continuación:

La modificación de la Ley 112-00 de Hidrocarburos no contempla el aumento de los impuestos a los combustibles. Lo que contempla son medidas para mejorar la administración tributaria como:

1) Unificar el cobro de los impuestos en una sola oficina recaudadora. La Ley 112-00 establece en su art. 6: «La Secretaría de Estado de Finanzas, a través de la Tesorería Nacional, será responsable de la administración de las recaudaciones correspondientes a este impuesto y determinará, vía, resoluciones administrativas, los procedimientos a seguir y los mecanismos para contabilizar y realizar los pagos de este impuesto» y la Ley 557-05 señala que el cobro del impuesto ad-valorem del 16% será recaudado por la DGII. Esta modificación lo que plantea es que sea la Dirección General de Impuestos Internos que cobre ambos tributos.

2) Que la indexación por inflación sea anual y no trimestral como plantea el art. 2 de dicha Ley: «El impuesto a pagar será indexado trimestralmente por la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, utilizando el índice de precios al consumidor (IPC) publicado por el Banco Central de la República Dominicana, y el impuesto resultante para cada combustible será puesto en vigencia automáticamente».

3) Que el Ministerio de Hacienda, mediante resolución, fije los precios semanalmente. Ahora lo hace el Ministerio de Industria y Comercio.

La modificación de la ley no contempla el incremento de los impuestos. Esta es la confusión que se ha creado. Lo que sucede es que desde el primer trimestre del 2007 el impuesto que pagan los derivados del petróleo no se indexa. Por ejemplo, desde el año 2007 la gasolina Premium y la regular pagan 47.21 y 41.77 por galón, respectivamente. Y no se indexaron porque hubo una situación de fuerza mayor determinada por el hecho de que el petróleo comenzó a subir hasta llegar a casi 150 dólares el barril a mediados del 2008. Si en ese momento se indexaba el impuesto la gasolina hubiese costado más de 250 pesos el galón.

Todos los impuestos selectivos al consumo se indexan anualmente. Por ejemplo el impuesto al ron, cerveza, vinos, whisky, cigarrillos se indexan por inflación. En el 2008 cada cajetilla de cigarrillos pagaba 28.31, en el 2009, 29.59, y ahora, en el 2010 paga 31.29, ¿esto significa que Impuestos Internos aumenta los impuestos todos los años? evidentemente que no. La DGII en términos reales cobra lo mismo.

La puesta al día de la indexación de los impuestos a los combustibles está en la carta de intención firmada en octubre del 2009.

Esta indexación se va a hacer mediante resolución del Ministerio de Industria y Comercio en forma gradual y no de un solo golpe y no tiene que ir al Congreso, porque así lo determina la Ley.

2010-07-23 21:48:32